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martes, 2 de diciembre de 2025

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) denunciada por presunta prevaricación

 

  • Pedro José Masiá Samper denuncia nuevas irregularidades en la AEPD: denegada información básica sobre actuaciones inspectoras en dos expedientes tramitados de forma conjunta pese a considerarse independientes




ROIPRESS / ALICANTE-ESPAÑA / JURÍDICOS - La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) aseguró a Pedro José Masiá Samper que, al existir dos empresas con responsabilidades “completamente independientes”, sus reclamaciones debían tramitarse en dos expedientes separados (EXP202411384 y EXP202411548). En palabras de la propia Agencia:

“Al referirse su reclamación inicial a dos entidades distintas con responsabilidades completamente independientes, su tramitación se ha de realizar de forma independiente.”

Sin embargo, al acceder a los expedientes, Masiá comprobó que la AEPD llevó a cabo las diligencias de ambos expedientes de manera conjunta el 26 de febrero de 2025, contradiciendo su propia afirmación de independencia procedimental.

Las diligencias revelan que:

  • Las páginas web de ambas empresas se revisaron de forma alternada, sin orden, y en un único bloque de trabajo.
  • Se realizaron capturas de pantalla incompletas y parciales.
  • Se accedió a páginas web introduciendo mal las direcciones, generando resultados ajenos al objeto del expediente.
  • Todo el conjunto de diligencias se incorporó exclusivamente a uno de los expedientes, dejando al otro totalmente carente de actividad instructora documentada.


Circulares con fechas falsas y documentos incoherentes

Además de lo anterior, durante el análisis de otro expediente el Sr. Masiá detectó la incorporación de circulares cuyo contenido incluye fechas manifiestamente falsas. Estas irregularidades:

  • Ponen en cuestión la fiabilidad del acopio documental realizado por la AEPD;
  • Podrían constituir indicios de manipulación documental o, en su caso, de conductas de naturaleza penal relacionadas con la falsedad documental


Transparencia negada: la AEPD rechaza entregar información pública esencial

Para esclarecer la situación, Masiá solicitó a través del Portal de Transparencia dos informaciones públicas esenciales:

1. La copia exacta y auténtica de las diligencias del 26 de febrero de 2025, con todas las garantías técnicas (incluidos metadatos), necesarias para verificar su integridad y autoría.

2. El acto oficial de nombramiento o comisión de servicios de la instructora, publicado en el BOE o medio equivalente (sin datos personales adicionales).

Ambas solicitudes han sido denegadas por la AEPD, pese a tratarse de:

información estrictamente profesional,

documentos cuya publicidad es obligatoria por ley,

y elementos imprescindibles para garantizar la legalidad y veracidad de un procedimiento.

La negativa a suministrar esa documentación, sumada a la detección de circulares con fechas irregulares, incrementa la desconfianza hacia la gestión documental y la transparencia de la Agencia.


Consecuencias y acciones del reclamante

Ante esta situación, el Sr. Masiá ha:

  • solicitado la nulidad de pleno derecho de ambos expedientes por las irregularidades procedimentales detectadas; acto de obligado cumplimiento para las administraciones públicas (art. 106.1 ley 39/215)
  • interpuesto reclamaciones formales ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) por las denegaciones y que han sido admitidas a trámite.
  • y denuncia penal por fundados indicios de falsedad documental o manipulación probatoria.

Según declara el reclamante:

“No es sólo una cuestión administrativa: circulares con fechas falsas y la ocultación de nombramientos ponen en riesgo la validez de todo el procedimiento. La ciudadanía merece que los órganos encargados de proteger derechos actúen con rigor y transparencia.”


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